La Cámara ratificó la ilegalidad de la suba aplicada en 2024 y ordenó mantener la devolución de lo cobrado de más. También debe resolverse si habrá un resarcimiento adicional del 25%.
La Justicia marplatense confirmó la decisión que obliga a Obras Sanitarias Sociedad de Estado (OSSE) a retrotraer el aumento tarifario del 142,7% aplicado a comienzos de 2024. La resolución fue adoptada por la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata, que rechazó las apelaciones presentadas por la Municipalidad de General Pueyrredon y por la empresa sanitaria.
De esta manera, quedó ratificado el fallo de primera instancia que había considerado ilegítimo el incremento autorizado mediante el decreto 292/23 y aplicado sobre las facturas correspondientes a enero y febrero de 2024. El eje de la decisión estuvo puesto en que la suba se implementó sin garantizar previamente una instancia efectiva de información y participación de los usuarios.
El conflicto se inició a partir de una acción colectiva impulsada por la Asociación de Defensa de Derechos de Usuarios y Consumidores (ADDUC), que cuestionó el mecanismo utilizado para aprobar una actualización de semejante magnitud.
¿Qué significa retrotraer el aumento?
La resolución mantiene la obligación de reconocer a los usuarios las sumas que fueron cobradas de más como consecuencia de la aplicación de aquel incremento. El fallo de primera instancia había establecido que las tarifas debían volver a los valores vigentes antes de la suba y que las diferencias cobradas debían ser imputadas a futuras facturaciones y que fue confirmado por la Cámara.
Sin embargo, todavía resta definir cómo se instrumentará la devolución del dinero a los usuarios alcanzados por la acción colectiva. La resolución no implica, al menos por ahora, que OSSE deba depositar automáticamente dinero en las cuentas bancarias de cada usuario. El expediente deberá regresar al juzgado de primera instancia, donde se establecerá la forma de ejecutar la sentencia y determinar el alcance de las compensaciones.

Imagen: Obras Sanitarias
Esto adquiere especial relevancia porque el aumento cuestionado sirvió como base para otros ajustes tarifarios aplicados por la empresa. Por eso, la etapa de ejecución deberá precisar qué montos corresponden a cada usuario y de qué manera serán acreditados.
La posible indemnización del 25%
A la obligación de retrotraer el aumento se suma ahora otra discusión que podría incrementar el impacto económico para OSSE y el Municipio. ADDUC había solicitado que, además de la devolución de las sumas cobradas indebidamente, los usuarios reciban una indemnización adicional equivalente al 25% de esos montos.
La Cámara no resolvió definitivamente esta cuestión. En cambio, ordenó que el expediente vuelva al juzgado de origen para que allí se analice el planteo indemnizatorio. Por lo tanto, el 25% todavía no está confirmado y deberá existir una nueva decisión judicial antes de determinar si corresponde aplicarlo.

Imagen: Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires
De concretarse, el resarcimiento representaría un costo adicional para la empresa sanitaria y, eventualmente para las cuentas municipales, por encima de las compensaciones que ya quedaron firmes con la ratificación del fallo.
Un problema que todavía tiene varios pasos por delante
La decisión de la Cámara representa un revés para OSSE y para el Municipio, que habían apelado la sentencia de primera instancia. La Justicia mantuvo así el cuestionamiento sobre la legalidad del incremento y la obligación de reconocer a los usuarios lo abonado de más.
La resolución, además, podría tener consecuencias económicas importantes para OSSE. La empresa deberá afrontar el mecanismo de compensación que se determine judicialmente, mientras todavía permanece abierta la discusión sobre el resarcimiento.
Así, lo que ya quedó confirmado es la obligación de retrotraer el aumento del 142,7% y reconocer las diferencias cobradas de más. Lo que falta conocer es cuánto terminará representando esa devolución, cómo llegará a los usuarios y si finalmente la Justicia ordenará sumar un 25% adicional en concepto de indemnización.
